Tips de seguridad para tu primer contrato de arrendamiento

Si estás iniciando tu vida en la U y estás lejos de casa seguro en algún momento vas a tener que arrendar una habitación o un apartamento y quizá, firmar un contrato de arrendamiento; si esto te atemoriza un poco puede ser que no tengas ni idea qué cosas debes tener en cuenta al hacerlo… para eso, te damos unos tips básicos que te harán sentir más segur+ y pueden evitarte algunos problemas a futuro.

Una pregunta básica: ¿soy el arrendador o el arrendatario?  El arrendador es la persona que te va a arrendar la habitación o el apartamento, así que en el contrato tú, uno de tus padres o tu acudiente se va a llamar arrendatario.

Si eres menor de edad será más fácil que te arrienden si es uno de tus padres o un adulto responsable quien firma el contrato.

Si vienes de región y te piden un codeudor de Bogotá, intenta negociar esta condición con tu arrendador.

Es recomendable que el contrato siempre sea escrito y es muy importante que lo leas de principio a fin para conocer las condiciones que incluye, negociarlas si tienes reparos y evitar sorpresas sobre la marcha.

Es ideal que le solicites al arrendador que en el contrato haya una cláusula que diga que ante una diferencia primero van a tener una reunión privada para resolver el problema, eso facilita la resolución de cualquier conflicto.

Al recibir la habitación o el apartamento siempre debes solicitar un acta de recibido de los muebles y enseres que incluye, debes firmar esa acta solo después de verificar que todo esté en buen estado y que funcione bien. Si algo se daña, no olvides que debes reportarlo inmediatamente al arrendador.

Para el pago del arriendo lo mejor es acordar con el arrendador que se va a consignar en una cuenta bancaria a su nombre pues ello garantiza que tendrás soporte inmediato del pago. Si pagas en efectivo, pide siempre un recibo.

Evita atrasarte en el pago del arriendo. Si tienes problemas para pagar, habla con el arrendador, explícale la situación y hagan un acuerdo para evitar procesos legales.

Ten en cuenta que la vigencia del contrato va hasta la fecha que quedó estipulada, independientemente de si vas a vivir allí todo el tiempo o no, eso implica que tendrás que pagar el valor del arriendo incluso por los días de vacaciones que no estés.

Si decides que solo vivirás en la habitación o apartamento hasta que se cumpla el tiempo del contrato, debes avisarle al arrendador a través de una carta enviada por correspondencia certificada mínimo tres meses antes de la fecha de finalización del contrato.

¿Quieres irte antes de la fecha de finalización del contrato?, puedes hacerlo avisando con carta enviada por correo certificado tres meses antes de la fecha en la que quieres irte, pero en ese caso al no cumplir el tiempo del contrato deberás indemnizar al arrendador pagándole una suma que corresponde a 3 meses del valor del arrendamiento.

¡Cuidado con sub-arrendar o ceder el inmueble si esto no queda registrado en el contrato!, esto es un incumplimiento y puede llevar a que te soliciten que entregues el lugar arrendado y a que te cobren una penalidad.

Ten en cuenta que no es legal que un arrendador te solicite un depósito (en dinero o con una letra de cambio o pagaré) y que no pueden obligarte a aceptarlo.

Es clave cumplir las condiciones del contrato (fechas de pago, número de personas que vivirán en el lugar, etc.), pues eso garantiza que se respeten tus derechos como arrendatario y mantener una comunicación fluida con tu arrendador; ambas cosas harán que la experiencia de vivir independiente sea más tranquila.

¿Tienes preguntas más específicas o alguna dificultad con tu contrato de arrendamiento actualmente?, el Consultorio Jurídico Uniandes puede ayudarte!  Ingresa a: https://consultoriojuridico.uniandes.edu.co/paginas/home.aspx  para consultar horarios de atención y solicitar una asesoría.

Este artículo fue escrito con la asesoría del Abogado Juan Carlos Montoya Blandón – Asesor docente del área de Derecho Patrimonial del Consultorio Jurídico Uniandes

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